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ANSES: Jubilados cobrarán un suplemento. A quiénes alcanza y cuándo lo perciben

La Anses confirmó que por el aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil, oficializado a mediados de julio, cerca de 1 millón y medio de jubilados y pensionados cobrarán del 7 al 11 de agosto dos montos extra de $36 mil pesos

En la provincia de Córdoba, la medida alcanzará a cerca de 100 mil personas jubiladas y pensionadas.

Cuáles son las condiciones

– Contar con 30 años o más de aportes efectivos.

– No poseer moratoria ni plan de pago para cancelar años de aportes jubilatorios.

El artículo 5 de la ley 27.426 de 2017 estableció que los jubilados y pensionados con 30 años o más de servicios con aportes efectivos, cobrarán un «suplemento dinerario hasta alcanzar un haber previsional equivalente al 82% del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil”.

Con este calendario, un jubilado o pensionado que cobra la mínima, con 30 años o más de aportes efectivos, recibirá en agosto 127.822 pesos.

Para acceder al otro refuerzo de 20 mil pesos, es necesario cobrar hasta un haber mínimo jubilatorio, que en julio equivale a $70.938.

Aquellos jubilados y pensionados que perciban un haber más alto, cobrarán un bono variable cuyo valor irá decreciendo hasta los $5.000.

Calendario de pagos del suplemento para jubilados

La fecha del pago de los bonos extra para jubilados quedan suscritos a la terminación del DNI de cada beneficiario, quedando  de la siguiente manera:

DNI terminados en 0 y 1: 7 de agosto

-DNI terminados en 2 y 3: 8 de agosto

-DNI terminados en 4 y 5: 9 de agosto

-DNI terminados en 6 y 7: 10 de agosto

-DNI terminados en 8 y 9: 11 de agosto

Luego, en agosto, el SMVM subirá a $ 112.500, y estos jubilados cobrarán el 82% del mismo, es decir $ 92.250 más los $20.000 de bono, con lo cual llegarán a $ 112.250.

Cronograma de pago de haberes de agosto y bono de refuerzo 

La Anses, las jubilaciones y pensiones que no superen un haber mínimo se cobrarán de la siguiente manera:

DNI terminados en 0: 8 de agosto

– DNI terminados en 2: 10 de agosto

– DNI terminados en 3: 11 de agosto

– DNI terminados en 4: 14 de agosto

– DNI terminados en 5: 15 de agosto

– DNI terminados en 6: 16 de agosto

– DNI terminados en 7: 17 de agosto

– DNI terminados en 8: 18 de agosto

– DNI terminados en 9: 22 de agosto

Las jubilaciones y pensiones que superen un haber mínimo tendrán el siguiente calendario:

– DNI terminados en 0 y 1: 23 de agosto

– DNI terminados en 2 y 3: 24 de agosto

– DNI terminados en 4 y 5: 25 de agosto

– DNI terminados en 6 y 7: 28 de agosto

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