ANMAT: Prohíben aceite de oliva ilegal vendido como «original de las sierras de Córdoba»
Multimedios Prisma 24
La denuncia inicial tuvo lugar en la provincia de Córdoba, y la resolución de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) fue tajante: prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización de los aceites de oliva producidos por las marcas “Cruz del Eje”, “La Costa” y “San Marcos”.
La medida fue resultado de una investigación que constató que las empresas no habían registrado los productos conforme con lo establecido en el Código Alimentario Argentino (CAA).
Por medio de la disposición 8843/2023 publicada en el Boletín Oficial, el organismo oficializó la prohibición de la venta de los productos rotulados como: “Aceite de Oliva Extra Virgen, Marca Cruz del Eje, RNE 12008028 y RNPA 12005232″, “Aceite de Oliva Extra Virgen, Marca La Costa, RNE 12008028 y RNPA 12005232″ y “Aceite de Oliva Extra Virgen, Marca San Marco, Premium, RNE 12000380 y RNPA 12002208, elaborado y fraccionado en Av. San Francisco Km 5.5, La Rioja”, debido a que no contaban con registros sanitarios de establecimiento y producto.
De esta manera, en el marco de la justificación ofrecida por la ANMAT se remarcó el hecho de que éstas empresas habían utilizado rótulos falsos en sus etiquetas, ya que estas correspondían a registros inexistentes. Por este motivo, aclararon que cualquier envase que cuente con esa presentación, lote y fecha de vencimiento serán considerados como “productos ilegales”.
Frente a la coincidencia de que las producciones de las marcas “Cruz del Eje” y “La Costa” utilizaban los mismos números de registros, el ente regulador prohibió que otros productos que exhiban los registros sanitarios “RNE N° 12-000380″ y “RNPA N° 12-002208″, debido a que serán considerados ilegales y sufrirán consecuencias penales.