La UF se determina en función del valor de la nafta súper, lo que implica que cualquier variación en su precio afecta directamente las multas.
A continuación, se detalla el nuevo cuadro de referencia para las multas:
- Infracciones leves: Conducir fumando y similares ahora se penalizan con 20 a 100 UF, es decir, entre $21.540 y $107.700, además de la posible pérdida de 0 a 2 puntos en la licencia de conducir.
- Infracciones graves: No llevar las luces encendidas conlleva una sanción de 100 a 200 UF, equivalentes a entre $107.700 y $215.400, y la pérdida de 2 a 5 puntos en la licencia.
- Infracciones muy graves: Cruzar semáforos en rojo, conducir a contramano o exceder el límite de velocidad se sancionan con 200 a 400 UF, es decir, entre $215.400 y $430.800, y la pérdida de 5 a 20 puntos en la licencia.
- Infracciones máximas: Destrucción o eliminación de infraestructura vial, adulteración de documentos y licencias, o grados máximos de alcoholemia se penalizan con 1200 a 2000 UF, lo que representa entre $1.292.400 y $2.154.000, además de la inhabilitación para conducir y, en algunos casos, una denuncia penal.
Este ajuste refleja el impacto de los cambios en los precios de los combustibles sobre las sanciones económicas, con el objetivo de mantener la proporcionalidad y efectividad de las multas como herramienta de prevención y control del tránsito