https://images.clarin.com/2018/08/23/la-afip-explico-que-la___ByGdCLhIm_1200x630__1.jpg
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió este miércoles la extensión de la feria fiscal hasta el 12 de abril, inclusive, durante la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio decretado por la pandemia del coronavirus.
La medida no implica ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos. Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social.
En un comunicado, la AFIP indicó que se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos como determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros.
A lo largo del período definido en la normativa, que será publicada en el Boletín Oficial, no se suspenden las acciones de la AFIP. El organismo podrá notificar, dictar actos administrativos, imponer multas y realizar operativos, entre otros procedimientos.
No obstante, aclaró el comunicado, durante la vigencia de la feria fiscal quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a esos requerimientos.
[ad_2]
Fuente