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El Gobierno oficializó la prórroga de la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. La decisión se publicó este jueves en el Boletín Oficial.
La prohibición de despidos, dispuesta en el Decreto de Necesidad y Urgencia 761/2020, se extendió por tercera vez durante la pandemia. El decreto se conoció un día después de que el Indec informara que la desocupación subió al 13,1% en el segundo trimestre del año en medio de la pandemia, aún cuando por entonces ya estaba vigente la prohibición de despidos.
El Gobierno también prorrogó la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de sesenta días, contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 624/20.
Quedan exceptuadas de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, es decir, las acordadas por las empresas y los gremios sin la interrupción del goce de haberes.
El decreto dice que los despidos y suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto «no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales».
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