La iniciativa le garantiza un 1 por ciento de las vacantes en la administración pública a personas travestis o trans o transgénero.
El Senado convirtió esta tarde en ley el proyecto de inclusión laboral para la población trans, travesti y transgénero, que había sido aprobada por la Cámara de Diputados hace dos semanas.
La ley de «Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero ‘Diana Sacayán – Lohana Berkins'» fue aprobada con 55 votos afirmativos, 1 voto negativo y 6 abstenciones.
La iniciativa establece un cupo no inferior al 1 por ciento del total de los cargos en organismos de los tres poderes del Estado, entes públicos no estatales, organismos descentralizados o autárquicos y empresas y sociedades del Estado para personas travestis, trans y transgénero.
Además, para acceder a los puestos de trabajo, no será necesario acreditar el cambio registral en el DNI y se creará un Registro Único de Aspirantes en el que las personas interesadas podrán anotarse. La inscripción al Registro tampoco será un requisito obligatorio, sino que tiene como objetivo proveer listados de candidaturas a las reparticiones demandantes.
El cupo laboral travesti trans se enmarca dentro de las leyes consideradas de discriminación positiva, es decir, promueve y consagra el acceso a derechos de un colectivo particular que, estructuralmente, tienen vedado el acceso a ese derecho universal.
En el caso de la población travesti-trans, el informe Las brechas de género en la Argentina, realizado por el Ministerio de Economía, refleja que el 20 por ciento de esa comunidad no realiza ninguna actividad formal por la que obtenga dinero.
El 80 por ciento restante expresó dedicarse a actividades vinculadas a la prostitución y trabajos informales de precaria estabilidad.
En paralelo, el acceso a la educación, la salud, vivienda o jubilaciones, pensiones, obras sociales y hasta vacaciones es prácticamente un imposible, lo que refuerza la desigualdad y exclusión que vive el colectivo.