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El Gobierno nacional prorrogó hasta finales de enero del año que viene la prohibición de despidos y suspensiones en el marco de la emergencia provocada por la pandemia de coronavirus.
Mediante el Decreto 891/2020, publicado este lunes en el Boletín Oficial con la firma del presidente Alberto Fernández y todo su gabinete, se extendió al 29 de enero de 2021 la prohibición de despidos y suspensiones, aunque no incluye a los empleados del sector público nacional.
«La pandemia de Covid-19 ha producido una merma considerable en la actividad económica a nivel mundial de la que nuestro país no se encuentra exento, por lo cual se entiende necesario y conveniente – más allá de las particularidades de cada región-, prorrogar la normativa existente respecto de la prohibición de despidos», explica el texto publicado en el Boletín Oficial.
Además, se establece “la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo” también desde el 30 de noviembre hasta el 29 de enero de 2021.
«Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el artículo 2° y en el primer párrafo del artículo 3º del presente decreto no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales«, aclara el decreto.
Esta decisión del Gobierno incluye a todos los trabajadores, a excepción de aquellos que sean contratados con posterioridad a la publicación del texto en el Boletín Oficial. El objetivo de esta medida es asegurar «a los trabajadores y a las trabajadoras que esta emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo».
Asimismo, se aclara que estas medidas se decretan con «el objetivo de preservar la paz social» y las mismas son «transitorias, proporcionadas y razonables, con el fin de garantizar el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante su trabajo, que le asegure condiciones de existencia dignas para ella y para sus familias».
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