Este martes se produjo un incremento en las multas aplicadas por la Policía Caminera. De acuerdo con la Resolución N° 21, difundida en el Boletín Oficial, el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) se ha elevado a 373 pesos, lo cual equivale al precio de un litro de nafta súper.
Por lo tanto, las multas de la Caminera oscilarán entre los $7460 de la mínima y los $746.000 de la máxima penalidad. El cuadro de referencia de los valores de multas queda de la siguiente manera:
Infracciones leves: infracciones como conducir fumando, tienen una penalización de 20 a 100 UF, es decir entre $7.460 y $37300, más la pérdida de 0 a 2 puntos de la licencia de conducir.
Infracciones graves: No llevar las luces encendidas, tiene una penalización que va desde 100 a 200 UF; es decir entre $37300 y $74600 con pérdida de 2 a 5 puntos de la licencia de conducir.
Infracciones muy graves: cruzar semáforos en rojo, conducir a contramano o exceder el límite de velocidad, de 200 a 400 UF es decir entre $74600 y $149200, con pérdida de 5 a 20 puntos.
Infracciones máximas: destrucción o eliminación de infraestructura vial, adulteración de documentos y licencias, o grados máximos de alcoholemia: de 1200 a 2.000 UF; es decir entre $447600 y $746000 e inhabilitación para conducir y hasta denuncia penal en algunos casos.
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