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El presidente de Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), Claudio Ambrosini, junto al vicepresidente Gustavo López, y el director Gonzalo Quilodrán, mantuvieron un encuentro de trabajo este lunes a través de videoconferencia con representantes de las principales cámaras de defensa de los derechos de los usuarios y consumidores quienes plantearon la necesidad de establecer normas de excepción que contemplen la situación económica de gran parte de la ciudadanía producto de la cuarentena vigente. Asimismo, los representantes de Enacom dieron detalles sobre la resolución 367/20 que establece las obligaciones por parte de las empresas prestadoras para asegurar el cumplimiento de todo lo detallado en el decreto 311/20 en cuanto a garantizar la prestación de servicios mínimos sin que ningún usuario que haya incurrido en mora o falta de pago vea afectada la prestación.
Enacom y las cámaras de usuarios y consumidores articularán una mesa de trabajo común para avanzar, monitorear y garantizar el cumplimiento de las normas vigentes por parte de todos los actores involucrados. “Estamos trabajando sobre un acuerdo para que durante la pandemia no haya ningún tipo de aumento, esa es la meta que tiene Enacom y que venimos articulando con las telefónicas para dar una certeza absoluta respecto al tema y que la tarea realizada no haya sido en vano.
“Nos comprometemos a dar una respuesta sobre el acuerdo con las telefónicas para que todos los actores involucrados estén al tanto de los avances”, sostuvo Ambrosini en la reunión. Junto a las autoridades mencionadas, participaron de la videollamada en representación de Enacom Ariel Martínez, jefe de Gabinete del ente, Diego Leiva, director general de Asuntos Jurídicos y Regulatorios; y Javier Forlenza, director Nacional de Usuarios y Delegaciones.
Suspensión de cortes
Enacom informó además que las empresas prestadoras de las empresas de telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable no podrán disponer el corte de los servicios a los usuarios en situación de riesgo o vulnerabilidad social en caso de falta de pago de hasta tres facturas, con vencimientos posteriores al 1° de marzo de 2020, según lo dispuso el Ministerio de Desarrollo Productivo, que estableció la prestación de un servicio limitado en tales casos.
Mediante la resolución 173/2020, se creó la Unidad De Coordinación, con representación de todos los entes reguladores del Estado, la cual incluye al Enacom encomendando que, en un plazo 15 días, presente un informe respecto de la cantidad y la identificación de los usuarios alcanzados por esta medida de protección.
A tal fin, las empresas prestadoras deberán remitir el listado de la totalidad de usuarios susceptibles de corte a cada organismo regulador el cual, sobre la base del informe producido, enviará un informe depurado de las personas humanas y jurídicas, en virtud del cual, deberán suspender preventivamente todos los avisos de corte cuyas facturas hayan tenido fecha de vencimiento a partir del 1° de marzo del corriente año y aquellos con aviso de corte en curso.
El listado a ser confeccionado por la Unidad de Coordinación incluirá los siguientes casos: Beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo; Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social; Jubilados y pensionados; trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles; Trabajadores monotributistas inscriptos inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; usuarios que perciban seguro de desempleo; Electrodependientes; Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares; y exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
También se encuentran alcanzadas las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas; las Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional De Asociativismo Y Economía Social (Inaes); las instituciones de salud públicas y privadas y entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.
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