Este lunes se conoció la Resolución Conjunta N° 8/21 de los Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Desarrollo Social donde los trabajadores rurales temporales registrados podrán cobrar planes sociales y también el salario hasta 6 meses.
El cobro de la AUH se mantiene sin cambios, según la disposición publicada y significa que el plan social se transforma en un subsidio al empleador por la registración de un trabajador temporario a partir del séptimo mes.
Será a partir del séptimo mes que “las prestaciones dinerarias de los planes y programas sociales y de empleo (Programa de Inclusión socio-productiva y desarrollo local, Potenciar con excepción de la Tarjeta Alimentar) podrán ser consideradas a cuenta del salario de los trabajadores y trabajadoras a partir del sexto mes de iniciada la relación laboral con prestación efectiva de tareas”, expresa la Resolución.
Se estima que hay 250.000 trabajadores temporarios, de los cuales, en promedio mensual, el 60% no está registrado. Al mismo tiempo el decreto 541/2021 había facultado a ambos Ministerios a establecer las pautas para determinar la procedencia y el alcance de la compatibilidad del trabajo registrado con los programas y planes referidos y con programas sociales y de empleo nacionales vigentes.
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