https://images.pagina12.com.ar/styles/focal_16_9_960x540/public/media/articles/59109/1578511807200108016_0.jpg?itok=SOa-ieB_
El Gobierno decidió retrotraer precios de artículos esenciales al 6 de marzo último y fijó una lista de referencia con valores tope para alimentos y artículos de limpieza, entre otros. De tal modo, el Ministerio de Desarrollo Productivo puso hoy a disposición de los consumidores el listado de los precios máximos de referencia de más de 2300 productos de consumo familiar en todo el país.
La iniciativa fue anunciada luego de numerosas denuncias por parte de consumidores, que habían advertido sobre subas que llegaban al ciento por ciento y apuntado a la falta de stock de algunos productos en particular en plena pandemia del Covid-19.
En plena emergencia sanitaria, el listado oficial contempla para la provincia de Buenos Aires alcohol etílico Bialcohol de 250 centímetros cúbicos a $80, el de 500 mililitros a $121 y el alcohol etílico 96° Estrella de 250 mililitros a $90. En cuanto a lavandinas, implica primeras y segundas marcas con precios que alcanzan los $39 el litro.
Respecto del desinfectante en aerosol, se encuentran incluidas marcas líderes y con valores tope de entre $115 y $173, según el caso.
Incluye también jabón de tocador a $25, mientras la presentación de tres unidades se puede encontrar por $56, de acuerdo con el listado dado a conocer este sábado.
A su vez, hay jabón en polvo de 800 gramos a $129 y de tres kilos a $389. En cuanto a repelentes, establece que, según la marca, la presentación más económica debe valer como máximo $77, aunque el precio puede crecer hasta $342 en el tamaño más grande de una marca líder.
El listado también incluye productos frescos como queso untable, cuyo valor tope se ubica en $129 para el pote de 200 gramos y en $149 para el de 300 gramos.Comprende además el paquete de 500 gramos de fideos secos a $34 y los sin TACC a $146.
La lista puede ser consultada en Internet y tiene precisiones de cada uno de los distritos y de más de 50 rubros de productos de la canasta básica familiar. Los valores máximos de referencia estarán vigentes para hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, minimercados minoristas y supermercados mayoristas y regirán para los próximos 30 días corridos, con posibilidad de revisión.
Desde la cartera que dirige Matías Kulfas aseguraron que «quienes no cumplan con esta decisión, serán sancionados en el marco de la Ley 20.680 de Abastecimiento como del Código Penal respecto a prácticas especulativas».
El ministerio estableció a su vez que «las empresas integrantes de la cadena de producción, distribución y comercialización deberán incrementar su producción al máximo de su capacidad para satisfacer la demanda y asegurar el acceso de todas y de todos los ciudadanos a los productos»
[ad_2]
Fuente